North-Carolina-Puppy-Mill-RaidEl Gobierno prepara una nueva ley que regule el comercio y la tenencia responsable de perros y gatos en España. Habrá que esperar a ver cuál acaba siendo el texto definitivo y si realmente pretende evitar la cría incontrolada, el abandono y el maltrato animal. Aquí tenéis el borrador completo y a continuación exponemos los comentarios que nos suscita una primera lectura.

Para empezar cabe destacar que parece que por fin el legislador se da cuenta de la importancia a nivel social, emocional y cultural  (no solo económico) del fenómeno del animal de compañía. Al leer la exposición de motivos nos llevamos la sorpresa de que el legislador se muestra sensible al maltrato, abandono y a la cría descontrolada de perros y gatos.

La ley, de ámbito nacional, quiere regular aspectos tan sensibles como el comercio, el transporte y la tenencia de animales de compañía y uno de sus objetivos principales es garantizar el bienestar de perros y gatos y evitar su abandono.

“La sociedad cada vez se encuentra más concienciada con los problemas derivados de la adquisición compulsiva, la tenencia irresponsable, las prácticas que producen sufrimiento en los animales y con el abandono de los mismos, en particular con los perros y gatos y largamente ha demandado al legislador una regulación que determine las condiciones mínimas de bienestar y sanidad de perros y gatos, y que su adquisición se realice de manera reflexiva y responsable.”

De tal manera que “Queda prohibida la comercialización de animales en las tiendas de mascotas, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales.” Medida fundamental  para acabar con la compra compulsiva de animales. Sin embargo la ley regulará el comercio de perros y gatos procedentes de otros Estados Miembros (léase los dramáticamente famosos camiones cargados de bebés procedentes de países del Este) y la compraventa a través de Internet. Bajo nuestro punto de vista ambas actividades deberían prohibirse para, primero, acabar con la cría indiscriminada y las fábricas de cachorros, y segundo para acabar con la compra compulsiva que facilita el comercio a través de Internet.

El anteproyecto distingue dos clases de criadores: los “ocasionales” (podrán comercializar con hasta 5 animales o una camada al año) y los “habituales” (podrán comercializar más de 5 animales o más d euna camada al año).

Partiendo de la base de que somos contrarios a la compraventa de animales pero sabiendo que es una actividad a la que es imposible poner fin, entendemos que al menos deberían prohibirse las fábricas de cachorros, es decir la actividad de los criadores habituales. Entendemos también que la cría indiscriminada convierte a perros y gatos en objetos de consumo cuando la mejor forma de terminar con la compra compulsiva, el maltrato y el abandono es considerar a cada perro y a cada gato alguien, que no algo, único y singular.

Creemos también fundamental gravar con un impuesto de lujo la compra de un animal de compañía tal y como hacen en Holanda, por ejemplo. Los animales, ya que los seguimos considerando objetos en lugar de individuos sintientes, deberían ser artículos de lujo dado que no son una necesidad básica; gravar su compra es una forma eficaz de disuadir al comprador compulsivo.

“Las personas que posean más de dos lebreles o sus cruces, destinados a la actividad cinegética, deberán, asimismo, solicitar, a más tardar en el plazo máximo de siete días desde su posesión, la inclusión en el Registro de Núcleos Zoológicos de la autoridad competente de las instalaciones o lugares en que se ubiquen los animales.” Resulta interesante la mención específica a los lebreles en el anteproyecto. El legislador parece saber algo (… ) acerca del maltrato cruel y la muerte de miles de galgos en España y pretende controlar el número de lebreles en manos de los galgueros. La única forma de poner fin a la tragedia del galgo español es la prohibición de la caza con galgo o de la caza utilizando cualquier otra raza de perro como arma.

Hay otros artículos destacables como por ejemplo la prohibición de todas las mutilaciones (incluida la extirpación de la tercera falange, cuerdas vocales u otras partes u órganos) con algunas excepciones: “Las intervenciones efectuadas con asistencia veterinaria en caso de necesidad terapéutica, para garantizar su salud o para limitar o anular su capacidad reproductiva.”

O que los propietarios de más de cinco perros o gatos aunque no los destinen a la cría también están obligados a solicitar su inscripción en el registro de Núcleos Zoológicos.

El legislador, es verdad que muestra una mayor sensibilidad, aunque nosotros por supuesto somos contrarios a cualquier negocio o comercio que tenga por objeto perros y gatos, partimos de una sensibilidad muy diferente desde la que consideramos a los animales seres sintientes, individuos únicos e irrepetibles y no objetos de consumo.

La pregunta última es: una vez publicada la ley en BOE ¿de qué se medios dispondrá para hacerla cumplir?

Leeremos la ley con más detenimiento y seguiremos opinando y aportando ideas, y esperamos las vuestras también.

 

 

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